ESTRUCTURA DEL PODER OFICIAL DE TEPEHUACÁN El municipio de Guerrero, cabecera Tepehuacán, de conformidad con la Ley Federal de Organismos y Procesos Electorales Federales, forma parte del IV Distrito Electoral Federal de Hidalgo que tiene como cabecera a Huejutla de Reyes, que además de Tepehuacán y Huejutla, lo integran Atlapexco, Calnali, Huautla, Huazalingo, Jaltocán, Lolotla, Molango, Orizatlán, Tlanchinol, Xochiatipan y Yahualica. Dentro de la división en distritos electorales locales de Hidalgo, Tepehuacán de Guerrero ésta dentro del décimo segundo distrito electoral local, que lo forman Molango, Juárez Hidalgo, Huazalingo, Lolotla, Calnali y Tlanchinol. Conforme a los cambios para los procesos electorales, Tepehuacán está dentro del Instituto Federal Electoral de Registro Federal de Electores y su oficina municipal es la ZE. 14. Dentro de estas instituciones federal electoral en el municipio, se empadronaron 10,100 ciudadanos con credencial. En las elecciones federales de senador y diputados por Hidalgo, Tepehuacán y su municipio de Guerrero creemos sin que se halla proporcionado el resultado en números de los ciudadanos que votaron en las elecciones, ni se hayan publicado oficialmente el resultado de los comicios electorales en totales por partidos y sus candidatos, que el municipio participó en un 97 a 98% de la ciudadanía tepehuacanense en depositar su voto, los demás fueron un mínimo de abstecionismo, confirmado, como siempre, que este municipio es de mayor participación ciudadana votante en el Estado y aún en la República, no habiéndose presentado el 18 agosto ninguna alteración del orden público ni incidentes en las casillas 33 durante las votaciones o elecciones del 18 agosto del año de 1991. El gobierno municipal, lo integran con presidente, síndico procurador y regidores, secretario municipal, etc. Para la aplicación de la justicia el presidente, municipal nombra a un juez menor municipal o juez conciliador con suplente y secretario, el cual actúo con base al bando de policía y buen gobierno, y, si las faltas ameritan sanción o castigo mayor, por presunta comisión de un delito, se consigna ante el C. Agente del Ministerio público para su actuación. Hay así, el poder Ejecutivo, el Presidente, el Poder Legislativo Municipal: la H. Asamblea Municipal y el Poder Judicial: El Juez Menor Municipal. En los poblados y rancherías, el vecindario elige a su delegado municipal propietario y su suplente, que a su vez nombran a su secretario, tesorero, encargado de obras públicas alguaciles llamadas también "tequihuas", que sirven de mensajeros a los pueblos, contando con su policía auxiliar en el pueblo. El delegado municipal es el representante de la comunidad o delegación y actúa conforme la aprobación que haga la asamblea del vecindario, tomándose en cuenta lo bueno o malo de las propuestas que hagan las autoridades superiores o los beneficios que traigan dichas propuestas al vecindario. La autoridad municipal tiene también: tesorero, encargado de obras públicas, D.I.F. municipal, registro de lo familiar, comandancia y cuerpo policiaco, oficina de agua potable, consejo municipal de educación de los niveles preescolares, primaria, secundarias, además de encargado de la educación para adultos y alfabetización, habiendo una junta patriótica que se encarga de los festejos en las fiestas patrias y conmemoraciones en le fecha respectiva. En las delegaciones municipales con ejido, existen sus autoridades agrarias, el comité ejidal y el consejo de vigilancia, nombrados por elección de los ejidatarios considerados en el censo agrario. En las comunidades con tierras comunales como hay también el Comité de Tierras Comunales, actuando ellos conforme a la Ley Agraria, constituidos esto comités por su presidente, secretario, tesorero, vocales. El delegado municipal aún en funciones de resolver problemas entre vecinos, considerando los intereses, pero si no hay entendimiento en las partes, se traslada el asunto a resolver ante la autoridad municipal, presidente para que a su vez acuerde a quién compete la resolución a ella. Actualmente, toda gestión o trámite que se realice para diferentes solicitudes en beneficio colectivo o particular, debe realizarse con la anuencia o visto bueno del Ejecutivo Municipal, de otra forma no hay atención de las dependencias gubernamentales estatales o federales, si ha descentralizado el mando oficialmente en el Ejecutivo Municipal. ESTRUCTURA DEL PODER OFICIAL. Tepehuacán tiene como autoridades auxiliares a 45 Delegados Municipales. En cuanto a regionalización política Electoral pertenece al Distrito Electoral Federal: I y al Distrito Local Electoral: XV
Relación de Presidentes Municipales.
(01775) 7551666 |