En condiciones críticas liberan ocelote capturado ilegalmente en la Otomí - Tepehua

 

San Nicolás Tenango, Hgo., miércoles 31 de marzo del 2021 (Hidalguía).- Ayer a las 12:46, el la página del Facebook del Ayuntamiento Tenango de Doria escribieron:

"Derivado de los hechos suscitados hace unos días. Luego de la captura de un Ocelote en nuestro municipio.

El día de hoy con la ayuda de personal del Ayuntamiento Municipal de Tenango de Doria y pobladores de las comunidades vecinas de San Nicolás y sus alrededores.

Se logró la liberación de este pequeño felino.

Tomemos conciencia y cuidemos Tenango, así como la maravillosa flora y fauna que nos regala nuestro ecosistema #CuidemosTenango #AccionesQueTransforman"

 
 

 

 

Trascendió que desde el día de la captura del felino, éste estuvo retenido en el cuartel de la policía, si eso fuera cierto, por qué no fue reportado inmediatamente a PROFEPA?

 

¿Por qué tardaron 4 días en liberarlo?


En el video compartido, al momento de la libración del ocelote, este trepa débilmente una rama.

 

¿Le realizaron una revisión exhaustiva de salud antes de ponerlo en libertad?

 

¿El ocelote podrá sobrevivir en esas condiciones en la vida libre?

 

¿Fue reubicado en el lugar adecuado?

 

Igualmente en el video se escucha una voz que erróneamente dice "esperamos que su manada lo acepte". Estos animales son solitarios y únicamente en época de celo se reúnen.

 

Lic. Lucero Estrada López, Encargada del Despacho de la Delegación de la PROFEPA en el Estado de Hidalgo e Ing. Erick Mendoza Hernández, presidente municipal de Tenango:

¿Que sanción tendrán quienes lo capturaron y retuvieron ilegalmente?

 

Tal acción es un delito que puede ser sancionado hasta con 9 años de cárcel.

 

En el Código Penal Federal (CPF) se describen las conductas y actividades que se consideran delitos, así como las sanciones aplicables. Entre los delitos tipificados se encuentran aquellos contra la biodiversidad.

 

Es considerado como delitos, de acuerdo al Artículo 420 del CPF:

*Dañar algún ejemplar: Especie de flora o fauna silvestres, terrestres o acuáticas en veda, considerada endémica, amenazada, en peligro de extinción, sujeta a protección especial (NOM-059-SEMARNAT-2010), o regulada por algún tratado internacional del que México sea parte (CITES).

 

**Cualquier especie de fauna silvestre

 

Pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días multa.

 

Pena adicional hasta de tres años más de prisión y hasta mil días multa adicionales, cuando las conductas descritas en el presente artículo se realicen en o afecten un área natural protegida,  o cuando se realicen con fines comerciales.

¡PROTEJAMOS LA FLORA Y FAUNA SILVESTRE

www.hidalguia.com.mx